NUEVO TEMA. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES. OPOSICIONES AUXILIAR ADMINISTRATIVO 2019.

OPOSICIONES AUXILIAR ADMINISTRATIVO
El temario de Auxiliar Administrativo ha sufrido cambios y modificaciones recientemente. Además se han incluidos temas nuevos como el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de datos personales y a libre circulación de estos. Principios y derechos. Obligaciones.
RASGOS FUNDAMENTALES
El Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, garantiza la circulación de datos en el interior de la UE y resuelve incompatibilidades de normativas entre los diferentes países. El Reglamento también aplicará en el caso de empresas ubicadas fuera UE que dirijan su actividad a personas dentro de la UE y realicen un tratamiento de datos de carácter personal reforzando la confianza y la seguridad, impulsando también la competencia justa.
1. La figura del Delegado de Protección de Datos
El reglamento impone la creación de una nueva figura llamada Delegado de Protección de Datos (DPO, en inglés). Dando a los profesionales del sector una importancia fundamental en su implantación y cumplimiento.
2. Funciones del Delegado de Protección
El Delegado de Protección de Datos (DPO) tendrá como mínimo las siguientes funciones:
a) informar y asesorar al responsable o al encargado del tratamiento y a los empleados que se ocupen del tratamiento de las obligaciones que les incumben en virtud del presente reglamento;
b) supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento, de otras disposiciones de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros;
c) ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación del impacto relativa a la protección de datos y supervisar su aplicación;
d) cooperar con la autoridad de control;
e) actuar como el punto de contacto de la autoridad de control para cuestiones relativas al tratamiento, incluida la consulta previa a que se refiere el artículo 36.
3. Evaluación del impacto
La autoridad de control indicará una lista de los tipos de tratamiento que requieren una evaluación de impacto. Esta evaluación del impacto debe ser previa cuando se considere que existe un alto riesgo debido a el tipo de datos.
PRINCIPIOS Y DERECHOS
En esta nueva normativa (Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril) se mantiene el principio general recogido en la Directiva 95/46 que reza que todo tratamiento de datos necesita apoyarse en una base que lo legimite. También recoge las mismas bases jurídicas que contenía la Directiva y que reproduce la LOPD:
- Consentimiento.
- Relación contractual.
- Intereses vitales del interesado o de otras personas.
- Obligación legal para el responsable.
- Interés público o ejercicio de poderes públicos.
1. Derecho de acceso
- Antes
Debían facilitarse todos los datos de base del afectado, pero no copias o documentos (excepto en el caso de la historia clínica).
-Ahora
Se reconoce el derecho a obtener una copia de los datos personales objeto del tratamiento. Se ha de tener en cuenta que los responsables podrán atender este derecho facilitando el acceso remoto a un sistema seguro que ofrezca al interesado un acceso directo a sus datos personales.
2. Derecho al olvido
Los responsables españoles que actualmente aplican nuestra legislación y en base a nuestra jurisprudencia, no tienen que introducir ninguna modificación en sus prácticas. No obstante, los responsable que hayan hecho públicos datos personales deberán adoptar medidas técnicas para informar a otros responsables de la solicitud del interesado de borrar su información personal.
En Platero Editorial le ofrecemos el temario completo en el que puede encontrar este tema nuevo así como las modificaciones pertinentes de otros temarios. Completamente actualizados para las Oposiciones de 2019.